SEGUROS DE VIDA COLECTIVO: PARA LIQUIDAR EL CAPITAL ASEGURADO SE DEBE TOMAR EL SALARIO DEL MES EN QUE EL ASEGURADOR REALICE EL PAGO.
La suma asegurada en los seguros de vida colectivo de trabajadores es un múltiplo del sueldo del asegurado (generalmente entre 20 y 30 sueldos). Muchas aseguradoras demoran el pago y luego de meses o años (si judicializan el reclamo), quieren pagar el múltiplo del sueldo a valores de la época del siniestro (muerte o invalidez del trabajador). El fundado fallo que transcribimos en esta nota dispone considerar el sueldo del mes en que se realiza el pago y no el del mes del siniestro.