Guía del asegurado
Notas de interés
PERJUICIOS DE LA CUENTA ÚNICA DEL BANCO SANTANDER
Desde hace años el Banco Santander trabaja con lo que llama "cuenta única" que combina una caja de ahorro con una cuenta corriente. Este sistema se aplica aún a las cuentas sueldo y por más que el cliente jamás utilice las "ventajas" que puede ofrecer la cuenta corriente, el Banco por "default", efectúa todos los débitos de la cuenta corriente (por pagos de servicios, impuestos, mantenimiento de cuenta etc.). Esto, claro está, para tener a su favor el título ejecutivo del saldo deudor de cuenta corriente en caso que no hubiera saldo para efectuar los débitos.
Cuando en las cuentas corrientes no hay saldo para efectuar los débitos, el Banco efectúa traspasos de dinero desde la caja de ahorro a la cuenta corriente para poder efectivizar los débitos desde esta última. Esta es la situación que ocurre en la mayoría de los casos porque los usuarios realmente no utilizan la cuenta corriente ni la quieren, lo que quieren es la caja de ahorro.
Este traspaso de la caja de ahorro a la cuenta corriente perjudica a los clientes porque les genera la aplicación del impuesto a los créditos y débitos de cuenta corriente previsto en la Ley 25413, lo cual implica un costo para los clientes que no debería habérseles generado porque el Banco podría efectuar los débitos de la caja de ahorro.
Contra esta conducta abusiva y perjudicial para los usuarios, ADACU ha promovido una acción colectiva que tramita ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial 15, Secretaría 29
SE HOMOLOGÓ EL ACUERDO CONCILIATORIO ALCANZADO ENTRE ADACU y BHN VIDA S.A.
El 6 de septiembre de 2017, ADACU (ex-ADA) y BHN VIDA S.A. presentaron un acuerdo conciliatorio en el Expediente 5476/15 . Finalmente, el 9 de agosto de 2022 el acuerdo fue homologado por el Juzgado 22, Secretaría 43 a cargo de la Dra. Margarita Braga. En el acuerdo la aseguradora se obligó a cumplir todas las demandas realizadas por ADACU, y se encuentra avanzado su cumplimiento. Los honorarios de los abogados fueron acordados en el orden causado. En esta nota incorporamos copia del acuerdo conciliatorio agregado a fs 219/225 y del auto homologatorio de fs. 398. Los usuarios beneficiados por este acuerdo que deseen mayor información podrán consultar a ADACU teléfono (15 4973-3667), emai (adacu@adacu.com.ar) o personalmente en Carlos Pellegrini 27, Piso 8, Oficina B CABA en horario de 11 a 16 los días lunes, miércoles y jueves. También podrán consultar el expediente (COM 5476/2015) en internet pjn.gob.ar/gestión-judicial.
ACTIVIDADES REALIZADAS POR ADACU EN 2022
ADACU ofrece a todos los usuarios y consumidores varios servicios de asesoramiento y defensa gratuitos. Para dar a conocer los mismos, publicamos la Memoria de ADACU correspondiente al ejercicio 2022.También deseamos e invitamos a todos aquellos interesados que lo deseen, a sumarse a esta tarea.
ADACU HAS FILED A LAWSUIT AGAINST 14 BANKS AND PRISMA FOR ALLEGED CARTEL BEHAVIOR
TAGS: ANTITRUST, ANTITRUST CLASS ACTION, STAND ALONE CLAIMS, PRIVATE ENFORCEMENT, CARTELS
According to the Consumer Association, 14 banks formed a corporation called PRISMA MEDIOS DE PAGOS S.A. to eliminate competition and increase profits, which allegedly came at the expense of consumers.
ADACU DEMANDO A PEDIDOS YA POR PRACTICAS ANTICOMPETITIVAS DURANTE EL ASPO
La propietaria de PEDIDOS YA es la multinacional alemana DELIVERY HERO que, según la investigación realizada por ADACU, también era propietaria, total o parcialmente, de GLOVO y RAPPI. Este poder monopólico se incrementó durante el ASPO. Las empresas que tienen poder monopólico sobre un mercado, deben abstenerse de realizar practicas anticompetitivas. ADACU considera que la forma de operar de PEDIDOS YA no se condice con la pulcritud en materia de competencia que cabía exigirle durante el periodo del ASPO a la vista de su poder monopólico natural y legal.
PRIORIDADES DE PASO
Las prioridades de paso permiten administrar los ingresos en encrucijadas y bocacalles que habitualmente no se respetan siendo superlativa la frecuencia de hechos en esas circunstancias e incluso diversidad de criterios de la normativa legal sobre si dicha prioridad es absoluta o no entre CABA y Provincia de de Buenos Aires y jurisprudencia con criterio amplio, por lo cual velocidad de los rodados legislada tienen relación con dichas prioridades.
CHUBB SEGUROS: LA JUSTICIA ORDENÓ DIFUNDIR UNA ACCIÓN COLECTIVA EN SU CONTRA.
En el año 2015 ADACU inició una demanda colectiva contra Chubb Seguros porque no entrega los certificados de incorporación y los certificados individuales de cobertura a los trabajadores asegurados con ella por seguros de vida colectivo. Este incumplimiento causa graves perjuicios a los beneficiarios y asegurados de estos seguros, porque les impiden conocer el alcance de su seguro y hasta su misma existencia. Por ello los familiares del trabajador fallecido o los trabajadores invalidados se ven privados de su indemnización o de una parte importante de ella por la que han pagado sus primas durante muchos años.
ALLIANZ ARGENTINA SEGUROS: LA JUSTICIA ORDENÓ DIFUNDIR UNA ACCIÓN COLECTIVA EN SU CONTRA.
En el año 2015 ADACU inició una demanda colectiva contra Allianz Argentina Seguros porque no entrega los certificados de incorporación y los certificados individuales de cobertura a los trabajadores asegurados con ella por seguros de vida colectivo. Este incumplimiento causa graves perjuicios a los beneficiarios y asegurados de estos seguros, porque les impiden conocer el alcance de su seguro y hasta su misma existencia. Por ello los familiares del trabajador fallecido o los trabajadores invalidados se ven privados de su indemnización o de una parte importante de ella por la que han pagado sus primas durante muchos años.
CNP ASSURANCES: LA JUSTICIA ORDENÓ DIFUNDIR UNA ACCIÓN COLECTIVA EN SU CONTRA.
En el año 2015 ADACU inició una demanda colectiva contra CNP Assurances Compañía de Seguros porque no entrega los certificados de incorporación y los certificados individuales de cobertura a los trabajadores asegurados con ella por seguros de vida colectivo. Este incumplimiento causa graves perjuicios a los beneficiarios y asegurados de estos seguros, porque les impiden conocer el alcance de su seguro y hasta su misma existencia. Por ello los familiares del trabajador fallecido o los trabajadores invalidados se ven privados de su indemnización o de una parte importante de ella por la que han pagado sus primas durante muchos años.
HDI SEGUROS: LA JUSTICIA ORDENÓ DIFUNDIR UNA ACCIÓN COLECTIVA EN SU CONTRA.
En el año 2015 ADACU inició una demanda colectiva contra Hdi Seguros porque no entrega los certificados de incorporación y los certificados individuales de cobertura a los trabajadores asegurados con ella por seguros de vida colectivo. Este incumplimiento causa graves perjuicios a los beneficiarios y asegurados de estos seguros, porque les impiden conocer el alcance de su seguro y hasta su misma existencia. Por ello los familiares del trabajador fallecido o los trabajadores invalidados se ven privados de su indemnización o de una parte importante de ella por la que han pagado sus primas durante muchos años.
GALICIA SEGUROS: LA JUSTICIA ORDENÓ DIFUNDIR UNA ACCIÓN COLECTIVA EN SU CONTRA.
En el año 2015 ADACU inició una demanda colectiva contra Galicia Seguros porque no entrega los certificados de incorporación y los certificados individuales de cobertura a los trabajadores asegurados con ella por seguros de vida colectivo. Este incumplimiento causa graves perjuicios a los beneficiarios y asegurados de estos seguros, porque les impiden conocer el alcance de su seguro y hasta su misma existencia. Por ello los familiares del trabajador fallecido o los trabajadores invalidados se ven privados de su indemnización o de una parte importante de ella por la que han pagado sus primas durante muchos años.
NACION SEGUROS: LA JUSTICIA ORDENÓ DIFUNDIR UNA ACCIÓN COLECTIVA EN SU CONTRA.
En el año 2015 ADACU inició una demanda colectiva contra Nación Seguros porque no entrega los certificados de incorporación y los certificados individuales de cobertura a los trabajadores asegurados con ella por seguros de vida colectivo. Este incumplimiento causa graves perjuicios a los beneficiarios y asegurados de estos seguros, porque les impiden conocer el alcance de su seguro y hasta su misma existencia. Por ello los familiares del trabajador fallecido o los trabajadores invalidados se ven privados de su indemnización o de una parte importante de ella por la que han pagado sus primas durante muchos años.
METLIFE SEGUROS: LA JUSTICIA ORDENÓ DIFUNDIR UNA ACCIÓN COLECTIVA EN SU CONTRA.
En el año 2015 ADACU inició una demanda colectiva contra Metlife Seguros porque no entrega los certificados de incorporación y los certificados individuales de cobertura a los trabajadores asegurados con ella por seguros de vida colectivo. Este incumplimiento causa graves perjuicios a los beneficiarios y asegurados de estos seguros, porque les impiden conocer el alcance de su seguro y hasta su misma existencia. Por ello los familiares del trabajador fallecido o los trabajadores invalidados se ven privados de su indemnización o de una parte importante de ella por la que han pagado sus primas durante muchos años.
HSBC SEGUROS: LA JUSTICIA ORDENÓ DIFUNDIR UNA ACCIÓN COLECTIVA EN SU CONTRA.
En el año 2015 ADACU inició una demanda colectiva contra Hsbc Seguros porque no entrega los certificados de incorporación y los certificados individuales de cobertura a los trabajadores asegurados con ella por seguros de vida colectivo. Este incumplimiento causa graves perjuicios a los beneficiarios y asegurados de estos seguros, porque les impiden conocer el alcance de su seguro y hasta su misma existencia. Por ello los familiares del trabajador fallecido o los trabajadores invalidados se ven privados de su indemnización o de una parte importante de ella por la que han pagado sus primas durante muchos años.
CARDIF SEGUROS: LA JUSTICIA ORDENÓ DIFUNDIR UNA ACCIÓN COLECTIVA EN SU CONTRA.
En el año 2015 ADACU inició una demanda colectiva contra Cardif Seguros porque no entrega los certificados de incorporación y los certificados individuales de cobertura a los trabajadores asegurados con ella por seguros de vida colectivo. Este incumplimiento causa graves perjuicios a los beneficiarios y asegurados de estos seguros, porque les impiden conocer el alcance de su seguro y hasta su misma existencia. Por ello los familiares del trabajador fallecido o los trabajadores invalidados se ven privados de su indemnización o de una parte importante de ella por la que han pagado sus primas durante muchos años.
CAJA DE SEGUROS: LA JUSTICIA ORDENÓ DIFUNDIR UNA ACCIÓN COLECTIVA EN SU CONTRA.
En el año 2015 ADACU inició una demanda colectiva contra Caja de Seguros porque no entrega los certificados de incorporación y los certificados individuales de cobertura a los trabajadores asegurados con ella por seguros de vida colectivo. Este incumplimiento causa graves perjuicios a los beneficiarios y asegurados de estos seguros, porque les impiden conocer el alcance de su seguro y hasta su misma existencia. Por ello los familiares del trabajador fallecido o los trabajadores invalidados se ven privados de su indemnización o de una parte importante de ella por la que han pagado sus primas durante muchos años.
SAN CRISTOBAL SEGUROS: LA JUSTICIA ORDENÓ DIFUNDIR UNA ACCIÓN COLECTIVA EN SU CONTRA.
En el año 2015 ADACU inició una demanda colectiva contra San Cristobal Seguros porque no entrega los certificados de incorporación y los certificados individuales de cobertura a los trabajadores asegurados con ella por seguros de vida colectivo. Este incumplimiento causa graves perjuicios a los beneficiarios y asegurados de estos seguros, porque les impiden conocer el alcance de su seguro y hasta su misma existencia. Por ello los familiares del trabajador fallecido o los trabajadores invalidados se ven privados de su indemnización o de una parte importante de ella por la que han pagado sus primas durante muchos años.
"ASOCIACIÓN DE DEFENSA DEL ASEGURADO -ADA- ASOCIACIÓN CIVIL C/ SAN CRISTOBAL SOCIEDAD MUTUAL DE SEGUROS GENERALES S/ ORDINARIO", Expte. Nº 21.939/2015
Se pone en conocimiento de los interesados que se ha dado curso formal en el Juzgado Nacional Comercial N° 22, Secretaría N° 43 con sede en M. T.de Alvear 1840, piso 3°, of.
"ASOCIACIÓN DE DEFENSA DEL ASEGURADO, CONSUMIDORES Y USUARIOS -ADACU- ASOCIACIÓN CIVIL C/SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA S/SUMARISIMO", Expte. Nº 21.943/2015
Se pone en conocimiento de los interesados que se ha dado curso formal en el Juzgado Nacional Comercial N° 22, Secretaría N° 43 con sede en M. T.de Alvear 1840, piso 3°, of.