El seguro puede brindarle protección por invalidez total o parcial. Existen también seguros que cubren ambas.
La invalidez total es aquella que le impide continuar trabajando mientras que la invalidez parcial es cualquier disminución física o mental que puede sufrir pero que no llega a impedirle que continúe trabajando. Por lo general, los seguros de invalidez parcial solo lo protegen cuando la invalidez es causada por un accidente
(Ver la guía de Seguro de accidentes personales).
Tanto la invalidez total como la parcial pueden ser transitorias (esto es, por ejemplo, cuando se puede recuperar mediante tratamientos médicos) o permanentes (cuando ya no tienen recuperación). La mayoría de los seguros de invalidez sólo lo protegen frente a invalidez permanente.
La protección más habitual es la de invalidez total y permanente, la cual normalmente aparece en los seguros de vida que protegen en caso de muerte como cobertura sustituta (es decir, cuando se abona esta protección, finaliza el seguro).
Existen algunos seguros que protegen únicamente frente a invalidez generada por algunas pocas enfermedades o pérdidas físicas que aparecen listadas en el contrato de seguro (en la póliza). Esto se denomina cobertura de invalidez taxativa. Esta cobertura ha sido considerada por nuestros jueces como una cláusula abusiva y nula, en muchas oportunidades.
Los seguros de invalidez pueden encontrarse en seguros contratados en forma individual o grupalmente (por ejemplo, un grupo de empleados de un mismo empleador). Estos últimos son los denominados seguros colectivos
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Seguros de vida colectivos