Todo trabajador en relación de dependencia tiene entre uno y tres seguros de vida colectivos para que, en caso de invalidez o fallecimiento, reciba él o su familia, una suma de dinero que le permita reorganizarse económicamente en los primeros meses después de estos infortunios.
Todos los trabajadores, privados o estatales, tienen un seguro de vida que es de contratación obligatoria por parte de los empleadores; también los empleadores pueden contratar para su trabajadores un seguro de carácter voluntario y finalmente, muchas entidades sindicales contratan estos seguros para todos los trabajadores de la misma actividad.
Este informe ha sido elaborado por ADACU con la finalidad que los asegurados y beneficiarios de los seguros de vida colectivos para trabajadores tengan conocimiento de sus derecho.