En seguros esta causal para no pagar se llama reticencia. La consecuencia de la reticencia es la falta de pago por parte de la aseguradora porque el contrato es nulo debido a que el asegurado, al momento de contratar el seguro, mintió u omitió información que le pidió la aseguradora.
Pero TENGA EN CUENTA que, para que la aseguradora pueda anular el contrato y no pagar por reticencia, hace falta que se cumplan todas estas condiciones:
a) que cuando el asegurado estaba en las tratativas para contratar el seguro, la aseguradora le haya entregado un formulario pidiéndole información;
b) que ese formulario tenga preguntas concretas y claras que el solicitante del seguro pueda comprender;
c) que el solicitante del seguro haya contestado él mismo las preguntas del formulario;
d) que el asegurado haya falseado u ocultado información al responder las preguntas, cuando realmente conocía la verdad de lo preguntado e igualmente mintió;
e) que la aseguradora demuestre mediante peritos que si hubiera conocido la verdad de lo que preguntó, no habría dado el seguro;
f) que la aseguradora demuestre, de acuerdo con el Manual de valuación y selección de riesgos que usaba al momento de vender el seguro, por qué no hubiera dado el seguro si conocía la realidad;
g) que la aseguradora haya comunicado al asegurado o a los beneficiarios si el asegurado murió que considera el contrato nulo por reticencia. Para ello tiene un plazo de tres meses desde que conoció la existencia de la falsedad u omisión.
Solamente si la aseguradora puede probar todas estas circunstancias y conseguir una sentencia judicial declarando la nulidad del contrato, se puede negar a pagar el seguro invocando la nulidad del contrato por reticencia.
En caso de que la aseguradora demuestre que de conocer la verdad hubiera dado el seguro pero a un precio mayor, sólo puede negarse a pagar si demuestra que el asegurado ocultó algo que conocía o mintió con la intención de obtener el seguro y perjudicar a la aseguradora. Si no lo demuestra, Ud. puede exigirle a la aseguradora el pago de una suma reducida, que será calculada de acuerdo con la realidad de los hechos que habían sido omitidos al contratar el seguro.
Si la aseguradora se niega a pagarle por reticencia faltando alguno de los requisitos aquí indicados o si debía pagar una suma reducida y no lo hizo, le recomendamos que recurra a su abogado o al Consultorio Jurídico Gratuito de ADA (Asociación de Defensa del Asegurado)