Cuando fallece un ser querido nos produce tal conmoción que es muy difícil que pensemos en cosas como el seguro de vida o accidentes personales que pueda haber contratado.
Por eso, una vez que han pasado los efectos de este primer impacto, Ud. puede, serenamente, comenzar a dedicarse a organizar su vida asumiendo la pérdida del ser querido.
Entonces, si la persona fallecida era, por ejemplo, su esposo o esposa, Ud. pensará en cobrar los sueldos pendientes, la indemnización laboral por el fallecimiento y en iniciar los trámites para obtener la pensión.
Cuando comience a revisar la documentación personal de su esposo o esposa para iniciar estos trámites, puede encontrarse con seguros de accidentes personales que Ud. y hasta su cónyuge no sabían que tenían. Si Ud. revisa el recibo de sueldo de su cónyuge, fíjese entre los descuentos si figura algún rubro que diga "seguro AP" o "seguro colectivo" o "seguro�" y el nombre de una compañía de seguros, o abreviaturas como "seg ap", "seg col. acc" y similares. En ese caso, pregunte al empleador de su esposo o esposa, o al sindicato, a qué seguros corresponden esos descuentos, para pedir que se los paguen. También puede encontrar descuentos por seguros en resúmenes de tarjeta de crédito o cuentas bancarias.
Tenga en cuenta que, en estos casos, es posible que Ud. tenga también un seguro de accidentes personales que lo proteja en caso de invalidez, sin saberlo.
Finalmente, si Ud. encuentra cualquier papel que haga alusión a un seguro, préstele atención. Estos papeles pueden ser las condiciones de un contrato de seguro (lo que se llama póliza de seguro) que generalmente vienen en una carpeta con un cuadernillo en su interior, o un certificado de cobertura, que generalmente es una sólo hoja, o algún recibo de pago referido a un seguro.