ELIMINACION DEL RENASEG
El mayor problema de los seguros de vida es que los familiares y allegados del asegurado fallecido desconocen la existencia del seguro y por eso no lo reclaman. Ello se debe, en gran parte, a que las aseguradoras no cumplen con su obligación de informar la existencia y alcance del seguro.
Por este motivo las sumas de dinero que deberían cubrir las necesidades inmediatas de las familias que pierden a quien provee sus ingresos, no son cobradas por esas familias en situación de crítica hipervunerabilidad, sino que se las apropian las aseguradoras.
La Superintendencia de Seguros de la Nación creó el Registro Nacional de Contratos de Seguros de Personas Humanas por Resolución 389/2023 del 18 de agosto de 2023, conocido como RENASEG.
Por esta resolución las aseguradoras debían informar diariamente a la SSN todos los contratos de seguros de vida, sepelio y accidentes personales con indicación de los asegurados y los beneficiarios que tendrían derecho a cobrar el seguro. Este registro podía ser consultado por aquellos que se podían considerar beneficiario de un seguro de vida.
Sistemas como el RENASEG se han generalizado en el mundo desde principio de este siglo como en México, Perú, Chile, España, Francia, Irlanda y muchos más, gracias a los avances tecnológicos en materia de sistematización de datos.
Pero, cuando el RENASEG comenzaba a implementarse la Superintendencia de Seguros de la Nación lo eliminó por Resolución 194/2024 del 18 de abril de 2024, con el fundamento de “optimizar los recursos operativos del organismo”, sin considerar el enorme perjuicio que causa a los usuarios hipervulnerables.
Por ello 28 Asociaciones de Consumidores solicitaron el 26 de abril de 2024 la derogación de la Resolución 194/2023 que eliminó el RENSEG y la plena vigencia de la Resolución 389/2023 que lo creó. El pedido fue caratulado 2024-42872831- -APN-GA#SSN y lo reproducimos a continuación.