BANCOS-TARJETAS: Deben devolver sumas mal cobradas a la misma tasa que cobraron.

La Cámara Nacional en lo Comercial, sala “C” decidió que las sumas cobradas a los usuarios de tarjeta por los bancos de Galicia e Industrial y la financiera “Cordial”, por el concepto “exceso en el límite de compra” deben ser devueltas. El exceso en el límite de compra era una comisión adicional que los bancos y financieras imponían a los usuarios de Tarjetas de Crédito cuando se pasaban del monto acordado. Lo importancia de estos fallos no solo reside en que se deben devolver las sumas mal cobradas, el IVA pagado y los intereses sino que además, los intereses se calcularán a la misma tasa que el banco le cobra a los usuarios por financiar el pago del resumen de la tarjeta.

Le ofrecemos un resumen del fallo “Unión Usuarios y Consumidores y otro c/ Cordial Compañía Financiera S.A.” y en "descargar informe completo", podrán encontrar los tres fallos completos, a saber: “Unión Usuarios y Consumidores y otro c/ Cordial Compañía Financiera S.A.”, " Unión de Usuarios y Consumidores y otro c/ Banco Industrial S.A. s/Sumarísimo y “Unión de Usuarios y Consumidores c/ Banco Galicia S.A. y otro”